A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Patiño Tellez Gabriel Roberto·Respondent Fonade/Enterritorio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A, y el Juzgado 034 Civil del Circuito de Oralidad de Bogotá, causado por una demanda verbal de mayor cuantía formulada por un ciudadano, contra Fonade (Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo) -hoy ENterritorio-, con el fin de que se indemnicen los perjuicios causados como consecuencia del incumplimiento de un contrato cuyo objeto, según la demanda, consistió en la ejecución de los ajustes a los diseños y construcción del centro zonal de Usme, en Bogotá.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que ENterritorio es una empresa industrial y comercial del Estado, de carácter financiero, vinculada al DNP y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Dicha entidad ejerce la gerencia integral del contrato de obra que dio origen al proceso.
La actividad contractual que dio origen al proceso hace parte del giro ordinario de los negocios de la entidad demandad.
Bajo estos presupuestos, en este caso resulta aplicable la excepción de competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo contenida en el artículo 105.1 del CPACA y, es menester acudir a la cláusula general de competencia prevista en los artículos 12 de la Ley 270/96 y 15 del CGP según la cual, le corresponde a la jurisdicción ordinaria el conocimiento de todo asunto que no esté atribuido expresamente por ley a otra jurisdicción, en reiteración del Auto 948/23
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A, y el Juzgado 034 Civil del Circuito de Oralidad de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda instaurada por Gabriel Roberto Patiño Téllez contra Fonade (Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo) -hoy ENterritorio, corresponde al Juzgado 034 Civil del Circuito de Oralidad de Bogotá.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6744 al Juzgado 034 Civil del Circuito de Oralidad de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.